El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas.
Supone una profunda revisión de la normativa vigente, que data del año 2000, cuyo objetivo es la adaptación a los nuevos retos de la producción porcina en materia de sanidad, medio ambiente y bienestar animal.
Las principales novedades se articulan en torno a dos grandes áreas: reforzar los requisitos en materia de sanidad animal y bioseguridad de las granjas con el fin de mantener un estatus sanitario adecuado en las mismas, y adoptar compromisos en materia de medio ambiente relacionados con la protección del agua, el aire, los suelos y la lucha contra el cambio climático.
Beneficios medioambientales
La norma implementa mejoras y novedades en los requisitos actualmente en vigor desde el año 2000 en materia de gestión de estiércoles en las granjas, y en el Plan de Producción y Gestión de estiércoles, que se amplía a todas las instalaciones y que formará parte de un Plan de Gestión Ambiental individualizado para cada granja.
Por otra parte la nueva norma introduce medidas para la reducción de las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero por parte de las granjas de ganado porcino, en particular, el registro de manera individualizada por cada granja de las emisiones y las técnicas que utiliza para su reducción (“Mejores técnicas disponibles”). Los nuevos requisitos en materia de impacto ambiental permitirán reducir las emisiones de gases contaminantes (en particular amoniaco) y de efecto invernadero en cerca del 21% a partir de 2023, respecto del escenario tendencial sin esta normativa.
Destacan también importantes avances en relación al bienestar animal, en particular la exigencia de un plan individual para cada granja que evalúe los potenciales riesgos y las medidas a adoptar para el bienestar de los animales.
Sanidad animal
La norma introduce también mejoras en relación con las condiciones de bioseguridad de las granjas, con el fin de limitar la entrada y la difusión de enfermedades de los animales.
Todo ello será posible por la introducción de manera obligatoria de la figura del veterinario de granja, que será el responsable de asesorar sobre aspectos relacionados con la sanidad y el bienestar de los animales.
Para asegurar el cumplimiento y la aplicación homogénea de todos los aspectos que desarrolla la norma, se crea una Mesa de ordenación de los sectores ganaderos, que velará para el cumplimiento de los objetivos establecidos. En la misma participarán los representantes de las Comunidades Autónomas, responsables de la ejecución y el desarrollo de esta norma, así como de los Ministerio para la transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
11 de febrero de 2020/ MAPA/ España.
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